A partir del 1 de febrero de 2026 entran en vigor en España las nuevas normas de control sobre las operaciones realizadas a través de Bizum. La noticia se llenó rápidamente de rumores: algunos empezaron a hablar de “un nuevo impuesto”, otros de un control total sobre cada transferencia de 5 o 20 euros. En la práctica, todo es mucho más tranquilo y, sobre todo, más lógico.

Los cambios están recogidos en el Real Decreto nº 253/2025 y no afectan a los tipos impositivos, sino al régimen de información que los bancos deben remitir a la Agencia Tributaria. Veamos qué significa esto para los usuarios particulares y para quienes desarrollan una actividad económica.

Transferencias privadas: aquí casi no cambia nada

Para las personas que utilizan Bizum en su día a día, el sistema sigue siendo exactamente el mismo que hasta ahora. Esto ha sido confirmado oficialmente en la nota aclaratoria de la Agencia Tributaria del 15 de diciembre de 2025: las transferencias personales entre particulares no se comunican mensualmente a Hacienda.

Hablamos de las situaciones habituales: regalos, división de la cuenta en un restaurante, devolución de dinero a un amigo, ayuda a familiares. Estas operaciones no se consideran ingresos y no generan base imponible. No aparece ningún impuesto nuevo ni se activan comprobaciones automáticas.

Si utilizas Bizum igual que la mayoría de los españoles —para pequeños pagos cotidianos y liquidaciones entre particulares—, puedes estar tranquilo y seguir usándolo con normalidad.

Donde sí hay cambios reales es en el ámbito empresarial

A partir de febrero de 2026 las normas se endurecen para los autónomos y empresas que aceptan pagos a través de Bizum. Los bancos estarán obligados a remitir mensualmente a la Agencia Tributaria información sobre los importes percibidos en el marco de una actividad económica.

Es importante precisar que Hacienda no recibe el detalle de cada operación. En el informe solo se comunica el importe total cobrado mediante Bizum durante el mes. Pero precisamente esta cifra se compara después con las declaraciones trimestrales de IRPF e IVA.

Si, por ejemplo, según los datos del banco un empresario ha cobrado 5.000 € por Bizum y en sus declaraciones figura una cantidad inferior, esto genera automáticamente un motivo para una comprobación. Sin emociones ni decisiones “a dedo”: es pura aritmética.

Qué implica esto en la práctica para autónomos y sociedades (SL)

En la práctica, Bizum queda definitivamente equiparado a una transferencia bancaria ordinaria. Todo lo que se reciba por este medio en el marco de la actividad económica debe quedar registrado en la contabilidad. Cada pago por un bien o servicio exige su factura, y cada euro cobrado debe declararse.

Conviene desterrar por completo el mito del “límite seguro”. Para los empresarios no existe un umbral de 300, 1.000 o 3.000 euros por debajo del cual no haya que declarar. El banco comunica el importe total mensual, y es precisamente esa cifra la que debe coincidir con tu contabilidad y tus declaraciones.

Una buena práctica es separar con claridad los flujos personales y los comerciales. Cuando en una misma cuenta se mezclan transferencias familiares y pagos de clientes, explicar el origen de los fondos se vuelve más complicado, sobre todo para el propio titular de la cuenta.

Por qué los rumores sobre “un nuevo impuesto” no tienen fundamento

Bizum no se convierte en un nuevo hecho imponible. Hacienda no introduce recargos adicionales ni modifica los tipos. Lo único que cambia es el grado de transparencia de la información que los bancos están obligados a facilitar.

Desde el punto de vista del Estado, Bizum forma parte de la infraestructura bancaria, no es “una aplicación aparte”. Y la Agencia Tributaria siempre ha tenido acceso a estos datos; simplemente ahora la comunicación pasa a ser más regular y automatizada.

Ni siquiera las transferencias pequeñas pasan “bajo el radar” cuando se trata de actividad económica: diez pagos de 20 euros acaban convirtiéndose igualmente en una única cifra informada.

Conclusión

Desde febrero de 2026, Bizum queda definitivamente consolidado como un instrumento bancario ordinario a efectos de control. Para los particulares esto significa tranquilidad y ausencia de cambios. Para los empresarios implica la necesidad de un poco más de disciplina, pero no de nuevos impuestos.

Si los ingresos son transparentes, las facturas están correctamente emitidas y las declaraciones reflejan los importes realmente percibidos, Bizum sigue siendo un medio de cobro tan cómodo y seguro como antes. La cuestión no está en el servicio, sino en el orden de la documentación.

 

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